|
|
|
|
EXISTENCIALISMO Y DERECHO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
27 Enero 2010.
El existencialismo -filosofía que se preocupa por la problemática individualidad del hombre en su destino personal- para el que la sociedad y el Derecho que la rige son dimensiones en las que la autenticidad del hombre se destruye y anula, no admite ningún desarrollo positivamente importante en la Filosofía. Pero del existencialismo brota también la filosofía del Derecho cuyo estudio y análisis conduce a que haya una cierta comprensión del Derecho a favor del Derecho subjetivo dentro de la ciencia jurídica colectiva.
Werner Maihofer cuestiona a Heidegger que la auténtica realidad existencial del hombre no es tal, no es un "ser para si", sino un ser para los demás que implica al individuo como ser social producto de su decisión voluntaria y libre. Así los hechos sociales que origina son auténtica realidad existencial, ya no individual sino plural, que tiene que estar regulada por la norma jurídica.
Son las figuras jurídicas que construye el hombre como sujeto social recogidas y atendidas en su contenido existencial. El "ser con los demás", de Maihofer, en un Estado de Derecho teniendo en cuenta la problemática existencial de sus figuras jurídicas y, por lo menos, el Derecho ya no anulará ni destruirá totalmente la autenticidad del ser humano al estar una parte importante de ella integrada en su autenticidad colectiva.
Crisoldeltiempo.
© (Derecho en propiedad)
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Visitas |
|
|
|
|
|
|
Bienvenidos/as. a esta página, disfrutad de ella. Gracias. |
|
|
|
Hoy habia 42 visitantes (52 clics a subpáginas) ¡Aqui en esta página! |